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Nuestros Servicios |
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Nuestros servicios consisten en la búsqueda, localización, obtención, revisión, preparación y envío de leyes, decretos, reglamentos, providencias, normas y en general todo documento decretado público o con vocación de público por lo que no son publicaciones con fines privados ni con fines de lucro. A continuación especificaremos con la mayor claridad en qué consisten nuestros servicios, los cuales el público está en la plena libertad de utilizarlos o no. Por tratarse de que son miles de publicaciones, la persona jurídica o natural interesada, el profesional, el empresario, el estudiante, el profesor, el investigador, de manera muy frecuente se encuentran desorientados en determinar cuál es la publicación que les es útil y luego en localizarla. Para atender estos dos aspectos, nuestras labores de gestión atienden la cadena que va desde orientar al interesado en la localización de lo que quiere hasta hacérselo llegar. Las herramientas para cubrir el aspecto orientador consisten en dar información, a través de nuestro portal, de lo existente, de manera que el interesado se entere e identifique con la mayor facilidad aquello que es de su interés. Una vez que el usuario identifica su
requerimiento nosotros nos
disponemos a localizar en su nombre las publicaciones correspondientes utilizando nuestros propios elementos de trabajo, nuestro tiempo y nuestro
personal. Una vez que los hemos localizado, obtenemos los
textos; revisamos su formato, mejoramos su presentación y finalmente se los hacemos llegar al
interesado. Los textos de las leyes, los decretos, los reglamentos, las providencias, las resoluciones y las normas que se publican en la Gaceta Oficial están a la orden del público que los requiera. Una vez que los mismos son publicados por decreto, pasan a ser documentos de dominio público y cualquier interesado puede solicitar una copia y tener conocimiento de su contenido pagando solamente el valor de la gestión y el medio físico en el cual le llega a sus manos. Nuestros servicios parten de ese principio, siempre amparados en la buena fe y en la mejor interpretación de la Ley. Es por ello que queremos enfatizar que si algún ente, bien sea público o privado, personal o jurídico, tiene otra interpretación o presume que sus derechos están siendo perjudicados o vulnerados con nuestro trabajo de gestión, le solicitamos nos haga su participación junto con sus alegatos a través de la dirección de correo: aqcenter@aqc.com.ve de manera de atender enseguida su inquietud y hacer los correctivos que haya que hacer y tomar las medidas que haya que tomar. Nota: La distribución, publicación y
comercialización de normas oficiales venezolanas es atribución del Servicio Autónomo
Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos,
según el Artículo 9 de la Resolución DM/Nro. 114 del 16 de Junio
de 2003, publicada por el Ministerio de Producción y Comercio en la Gaceta
Oficial Nro. 37.731 de fecha Lunes 14 de Julio de 2003. |
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